Leo Noticias

La Justicia pampeana ratifica que el Estado debe garantizar pasajes en suite a una mujer trasplantada


La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó una sentencia que obliga al gobierno provincial y a la empresa de transporte Dumas Cat S.A. a cubrir el costo total del traslado de una mujer trasplantada de riñón, en el servicio de suite con destino a Buenos Aires. La decisión judicial se basa en la Ley N° 2783, que establece un régimen de protección integral para personas trasplantadas en La Pampa.

La resolución, que ratifica el fallo de primera instancia del juez Rubén Capdevielle, obliga a la empresa a disponer de una «butaca en servicio suite», la cual deberá estar señalizada, cerca de la puerta de acceso y contar con almohadones que le permitan a la paciente elevar sus piernas. Esta medida, que busca evitar retenciones y edemas, deberá cumplirse cada vez que la mujer necesite viajar por turnos médicos.

La Fiscalía de Estado apeló la sentencia, argumentando que no había sido demandada y que el juez se excedió en sus facultades al involucrarla en el proceso. Sin embargo, los camaristas Guillermo Salas y Carina Ganuza rechazaron los argumentos. La Cámara sostuvo que el reclamo tenía como causa principal la vulnerabilidad médica de la paciente y que, de acuerdo con la ley provincial, el Estado tiene la obligación de otorgar pasajes de transporte terrestre a personas trasplantadas por razones asistenciales.

Los jueces destacaron la figura de un «juez proactivo» y avalaron que el magistrado de primera instancia haya actuado oficiosamente y citado al Estado, ya que el caso involucraba la protección de derechos constitucionales de una persona trasplantada y discapacitada. El fallo subraya que los procesos autosatisfactivos permiten una respuesta judicial urgente y eficaz, lo que distingue a La Pampa de otras jurisdicciones.

Compartí en tus redes