El Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial condenó a Luciano Alejandro Jonathan Cabaña (25) a cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de Homicidio Simple en Grado de Tentativa en perjuicio de Julio Andrés Sosa. La sentencia, dictada el 31 de octubre de 2025 por el juez unipersonal Dr. Carlos Federico Pellegrino, fue resultado de un juicio abreviado en el que Cabaña reconoció su culpabilidad.
El violento incidente ocurrió el 19 de abril de 2025 en el domicilio de la víctima y se originó por una disputa durante una fallida transacción de drogas. Cabaña intentó pagar una compra de cocaína con marihuana, y ante la negativa del «vendedor», se desató una pelea que escaló al uso de un arma blanca. Cabaña apuñaló a Sosa, propinándole una puñalada en el hemitorax izquierdo. La herida fue de extrema gravedad, comprometiendo órganos vitales, incluido el ventrículo izquierdo, y poniendo en riesgo la vida de Sosa.
El juez Pellegrino fundamentó la intención homicida de Cabaña (tentativa, Art. 42 del Código Penal) debido al uso de un cuchillo de gran tamaño y a que el ataque fue dirigido a zonas vitales del cuerpo. La pena impuesta fue de cumplimiento efectivo debido a que Cabaña posee antecedentes condenatorios registrados, manteniendo su condición de reincidente (Art. 50 CP).
El fallo validó el procedimiento de juicio abreviado al contar con el consentimiento informado del imputado y del damnificado. Además de la pena de prisión, la sentencia ordena el decomiso y la destrucción de los elementos secuestrados y el pase de las actuaciones al fuero de ejecución penal para el cumplimiento de la condena.