En un fallo dividido, la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, La Pampa, revocó una sentencia anterior y condenó a la Municipalidad a indemnizar a una conductora por los daños ocasionados a su camioneta al caer en un desagüe sin tapa. El incidente ocurrió el 14 de julio de 2021, cuando la camioneta VW Amarok, conducida por Marta Isabel Colipi, transitaba por la calle Catriel Sur y cayó en un desagüe cuya tapa había sido removida por una máquina municipal. La conductora y propietaria del vehículo, Florencia Aylen Martínez Compte, presentó una demanda que inicialmente fue desestimada, pero que finalmente fue revocada tras una apelación.
«…sobre el municipio pesa la obligación de reparar (art. 1726 CCC) los daños consecuentes.
Las calles pertenecen al dominio público del estado municipal (arts. 36 inc. 16, 102 1 a) y 103 inc. 10 Ley Orgánica de Municipalidades 1597) y, en su calidad de dueño y guardián, tiene la obligación de señalizar los posibles riesgos que en ella existen.»
La Cámara de Apelaciones, con la intervención de tres jueces, resolvió el caso a favor de la demandante. Los jueces Cagliolo y Salas votaron a favor de la revocación de la sentencia anterior y la jueza Berardi votó por confirmar la sentencia de primera instancia. En el fallo se valoraron pruebas documentales, testimonios y un expediente administrativo de la Municipalidad que reconocía el problema con la tapa del desagüe. La justicia consideró que la Municipalidad tenía la responsabilidad de señalizar y mantener en condiciones la vía pública, y que el accidente fue consecuencia directa de su negligencia. Si bien se solicitó un resarcimiento por daño moral, este fue desestimado por la Justicia.
La decisión judicial obliga a la Municipalidad a pagar una indemnización de $635.564 por los daños materiales ocasionados al vehículo, más intereses a tasa mix desde la fecha de la pericia mecánica hasta su efectivo pago. Además, se ordena el pago de $2.500 por la indisponibilidad del automotor durante quince días, con intereses desde la fecha del hecho hasta su efectivo pago. Las costas de ambas instancias fueron impuestas a la Municipalidad, y se regularon los honorarios de los abogados intervinientes. Este fallo sienta un precedente importante sobre la responsabilidad de los municipios en el mantenimiento de la infraestructura vial y la seguridad de los ciudadanos.