La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería confirmó la sentencia que obliga al comerciante santarroseño Alberto Ismael Cuello a devolver $16.000.000 que le fueron transferidos por error por la empresa Génova Automotores S.A. El tribunal rechazó la apelación de Cuello, al considerar que no aportó ninguna prueba que justificara legalmente el ingreso de esa suma millonaria a su cuenta.
El caso se inició cuando Génova Automotores realizó dos transferencias millonarias por equivocación a la cuenta de Cuello, y de inmediato reclamó la devolución. El juez de primera instancia determinó que se acreditó el «pago por error» y ordenó la restitución de los fondos más intereses.
Cuello apeló la decisión, pero la Sala 3 de la Cámara, integrada por las juezas Carina Ganuza y Laura Torres, determinó que el demandado «se limitó a negar los hechos» sin presentar documentos, como una factura o comprobante, que respaldaran su versión de que el dinero correspondía a una compra en su comercio. En contraste, la empresa aportó pruebas sólidas como transferencias bancarias y conversaciones de WhatsApp.
El comerciante también cuestionó el uso de la medida autosatisfactiva (un proceso judicial rápido), buscando que el conflicto se resolviera en un juicio ordinario. Sin embargo, la Cámara ratificó la validez de esta vía, argumentando que se cumplieron todos los requisitos: derecho verosímil, urgencia y riesgo de un perjuicio económico. Al concluir que los argumentos de Cuello eran simples discrepancias y no críticas concretas al fallo, la Cámara rechazó la apelación, confirmó la sentencia y le impuso las costas del proceso de segunda instancia.