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Intentó eludir un control y terminó con su camioneta al borde del Río Colorado

Un joven oriundo de La Adela protagonizó un tenso episodio en la madrugada de ayer en la localidad rionegrina de Río Colorado, al intentar evadir un control policial y terminar con su vehículo varado peligrosamente al borde del río Colorado. El hecho ocurrió alrededor de las 3 de la madrugada, cuando personal de la Comisaría 11 realizaba tareas preventivas e intentó identificar a los cinco ocupantes de una camioneta Ford Ranger.

Según el parte policial, el conductor hizo caso omiso a la orden de detener la marcha y emprendió la fuga por las calles San Martín y Española, aumentando la velocidad en dirección a los puentes que comunican con La Adela. Al llegar a esa zona, el joven conductor perdió el control del vehículo, despistó y la camioneta quedó inmovilizada al límite del río, sufriendo daños en los neumáticos delanteros. Afortunadamente, tanto él como sus acompañantes resultaron ilesos.

Tras el incidente, se convocó a Bomberos y personal municipal para las tareas de rescate del vehículo. Posteriormente, personal de Seguridad Vial de Río Colorado sometió al joven pampeano al test de alcoholemia, arrojando un resultado positivo de 0,65 gramos de alcohol en sangre. Como consecuencia, se labró el acta de infracción correspondiente y se procedió a la retención de la camioneta.

Fuente: El Diario de La Pampa

El alcalde japonés que quiere desintoxicar su ciudad de los teléfonos móviles

En Japón, un alcalde ha decidido que sus ciudadanos deben volver a mirarse a los ojos. Esto ocurre en Toyoake, prefectura de Aichi, donde la administración ha propuesto una ordenanza que insta a todos, adultos y niños por igual, a limitar el uso del teléfono móvil a dos horas diarias. Dos horas, lo justo para responder mensajes, revisar el correo electrónico y escuchar música. Después, se acabó. Sin sanciones ni multas. Es una simple recomendación, pero ha desatado un gran debate en todo el país. Porque toca una fibra sensible: la adicción colectiva a las pantallas y las notificaciones, la silenciosa esclavitud que se infiltra en nuestros dedos y nos roba horas de vida real.

El alcalde de Toyoake, Masafumi Kouki, explicó que esto no es una cruzada contra la tecnología, sino simplemente un intento de devolverle tiempo a la gente. Tiempo para hablar, dormir, pensar y recuperar algo de libertad. Se ha pedido a los niños de primaria que no usen teléfonos inteligentes después de las 9 p. m., y a los adultos después de las 10 p. m.

Japón no es ajeno a los experimentos sociales. Durante décadas, ha anticipado los problemas que afectarán al resto del mundo: el envejecimiento de la población, la soledad, el aislamiento tecnológico. Ahora, está intentando algo tan simple como revolucionario. La ciudad de Toyoake no castigará ni controlará a nadie. Simplemente envía un mensaje: el control empieza por nosotros. No se necesita una ley para recuperar la vida; basta con la decisión de apagar la pantalla, salir a caminar, contemplar una puesta de sol sin sentir la obligación de fotografiarla.

Quizás algún día nos riamos de esta etapa de la historia, como hoy nos reímos de quienes fumaban en los hospitales. Hasta entonces, Toyoake será un pequeño experimento de libertad en un mundo hiperconectado y desconectado de sí mismo.

Confirman devolución de $16 Millones: comerciante de Santa Rosa recibió dinero por error

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería confirmó la sentencia que obliga al comerciante santarroseño Alberto Ismael Cuello a devolver $16.000.000 que le fueron transferidos por error por la empresa Génova Automotores S.A. El tribunal rechazó la apelación de Cuello, al considerar que no aportó ninguna prueba que justificara legalmente el ingreso de esa suma millonaria a su cuenta.


El caso se inició cuando Génova Automotores realizó dos transferencias millonarias por equivocación a la cuenta de Cuello, y de inmediato reclamó la devolución. El juez de primera instancia determinó que se acreditó el «pago por error» y ordenó la restitución de los fondos más intereses.

Cuello apeló la decisión, pero la Sala 3 de la Cámara, integrada por las juezas Carina Ganuza y Laura Torres, determinó que el demandado «se limitó a negar los hechos» sin presentar documentos, como una factura o comprobante, que respaldaran su versión de que el dinero correspondía a una compra en su comercio. En contraste, la empresa aportó pruebas sólidas como transferencias bancarias y conversaciones de WhatsApp.


El comerciante también cuestionó el uso de la medida autosatisfactiva (un proceso judicial rápido), buscando que el conflicto se resolviera en un juicio ordinario. Sin embargo, la Cámara ratificó la validez de esta vía, argumentando que se cumplieron todos los requisitos: derecho verosímil, urgencia y riesgo de un perjuicio económico. Al concluir que los argumentos de Cuello eran simples discrepancias y no críticas concretas al fallo, la Cámara rechazó la apelación, confirmó la sentencia y le impuso las costas del proceso de segunda instancia.

Laguna Ojo de Agua en Uriburu: Hallazgos arqueológicos confirman 12.000 años de historia humana

Un equipo de arqueólogos del Incuapa (Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Paleontológicas del Cuaternario Pampeano), en colaboración con el Municipio de Uriburu, acaba de confirmar el incalculable valor histórico de la Laguna Ojo de Agua, tras hallar evidencia de presencia humana que se remonta a 12.000 años de antigüedad. Los hallazgos confirman a este sitio como un registro clave de la evolución tecnológica y cultural en La Pampa.


El equipo, liderado por los doctores Rafael Curtoni y Pablo Messineo, recuperó piezas que abarcan un amplio espectro temporal, evidenciando la ocupación continua del sitio:

  • Poblaciones Iniciales (12.000 años): Se recuperaron puntas de proyectil que son características de las primeras poblaciones humanas que ingresaron al continente, lo que establece la notable antigüedad del sitio.
  • Tecnología Reciente (3.000 años): También se encontraron piezas más modernas que corresponden al periodo en que las poblaciones locales incorporaron la tecnología del arco y la flecha y desarrollaron las primeras piezas de cerámica en la región.

El proyecto de investigación destacó el fundamental acompañamiento y consentimiento de las comunidades originarias de La Pampa para el desarrollo de las excavaciones. En este marco, el equipo mantuvo un encuentro clave con la Lonko de la Comunidad Rankulche, Rosa Moreno Mariqueo, y miembros de la comunidad, fortaleciendo el diálogo y el trabajo conjunto en el estudio de su historia ancestral. Actualmente, el equipo se encuentra evaluando la potencialidad de la laguna Ojo de Agua para futuras ampliaciones de los estudios arqueológicos.

Fuente: El diario de La Pampa

$750.945 e inhabilitado por 7 días por conducción temeraria y maniobra en doble línea amarilla en General Pico

El Juzgado Contravencional de General Pico dictó una sentencia condenatoria en un juicio abreviado a solo 48 horas de ocurrido el incidente vial. El juez Maximiliano Boga Doyhenard condenó a Luis Félix Cuello (61), como autor responsable del delito de conducción temeraria y antirreglamentaria. La condena se impuso por una maniobra de alto riesgo realizada el pasado lunes 3 de noviembre en la Ruta Provincial N° 101, a la altura del kilómetro 68.


Detalles de la Contravención y Sanciones Impuestas

El imputado fue sorprendido conduciendo a excesiva velocidad y realizando un sobrepaso en una zona demarcada con doble línea amarilla, incluso superando a un móvil policial. Esta acción obligó a una mujer, que circulaba en sentido contrario con niños, a reducir drásticamente la velocidad y hacer señas de luces para evitar una colisión frontal, que pudo haber sido fatal. La policía detuvo a Cuello en el kilómetro 53, donde además se constató que su licencia de conducir estaba vencida y se procedió al secuestro del rodado.

La sentencia, acordada entre el fiscal Sebastián Rawson Paz, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado, dispuso las siguientes penas:

  • Multa: Treinta y nueve días, equivalente a $750.945 (setecientos cincuenta mil novecientos cuarenta y cinco pesos).
  • Inhabilitación para Conducir: Siete días para cualquier tipo de vehículo.
  • Obligación Adicional: Realizar el curso online “Conduciendo por la Vida”.
  • Amonestación.

Reflexión Judicial sobre la Gravedad del Hecho

El juez Boga Doyhenard enfatizó la gravedad de la falta, calificándola como «una de las contravenciones más graves, por el alto riesgo generado». El magistrado enmarcó el hecho en la actual «Emergencia Vial» de la provincia, destacando que este tipo de imprudencia es la principal causa de siniestros viales con víctimas fatales y lesionadas. El juez exhortó al condenado, quien es ingeniero y usuario frecuente de las rutas, a reflexionar sobre sus acciones, a lo que Cuello respondió que lo ocurrido «le ha servido de lección».

Fuente: Infopico

«Un sueño»: la palabra de Bizarrap luego del estreno con Daddy Yankee que rompió récords en reproducciones

Bizarrap estrenó la BZRP Music Session #0/66 con Daddy Yankee, y así marcó el regreso del puertorriqueño a la música. La palabra del DJ argentino.

Una bomba sacudió la escena de la música urbana global con el lanzamiento de la esperadísima colaboración entre Bizarrap y el ícono del reggaetón, Daddy Yankee. El productor argentino y la leyenda puertorriqueña estrenaron finalmente la BZRP Music Session #0/66, un evento que no solo agitó las redes sociales, sino que también rompió récords de reproducciones en pocas horas.

La emoción de Bizarrap por colaborar con Daddy Yankee

La unión con Daddy Yankee es un hito grandísimo para la carrera de Bizarrap, además de marcar un regreso histórico para el intérprete de Gasolina que había anunciado su retiro de los escenarios en 2022 para dedicarse a la música cristiana. La emoción por la colaboración fue tan grande que el propio productor no dudó en celebrarlo en sus redes sociales con un emotivo mensaje.

Causa Cuadernos: cómo ver en vivo por YouTube el juicio a Cristina Kirchner y 86 acusados

Inicia el juicio por los Cuadernos. Cristina Kirchner y 86 más serán juzgados por asociación ilícita. Se verá en vivo por YouTube.

El esperado juicio oral y público por la Causa Cuadernos (o «fotocopias de los cuadernos») comenzará este jueves. La expresidenta Cristina Kirchner será juzgada junto a otros 86 acusados, entre exfuncionarios y empresarios. En una decisión clave del Tribunal Oral Federal 7, el inicio del debate será transmitido en vivo por YouTube y se realizará por Zoom.

De qué acusan a Cristina Kirchner y los empresarios

La fiscal general Fabiana León calificó el caso como «el paradigma de la gran corrupción». En total, serán juzgados la expresidenta, 19 exfuncionarios, 65 empresarios y dos choferes.

La principal acusación es haber integrado una asociación ilícita que operaba desde el Poder Ejecutivo para recaudar sobornos (cohecho) de empresas constructoras, de energía y transporte, a cambio de la adjudicación de contratos con el Estado.

El caso se originó en 2018 con las anotaciones del chofer Oscar Centeno, quien se convirtió en «imputado colaborador» (o «arrepentido»).

Cómo ver el juicio en vivo

El juicio estará a cargo de los jueces Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli.

  • Cuándo empieza: Este jueves 6 de noviembre.
  • Dónde verlo: Será transmitido de forma pública y «libre» por el canal de YouTube del Consejo de la Magistratura.
  • Cómo sigue: Durante el primer mes (todos los jueves hasta el 11 de diciembre), las audiencias se dedicarán exclusivamente a la lectura de la acusación fiscal. A partir del 3 de marzo de 2026, las audiencias se realizarán los martes y jueves.

La estrategia de las defensas

Se espera que durante el debate, las defensas vuelvan a cuestionar la autenticidad de los cuadernos. Si bien un peritaje ratificó su validez, se insistirá en las «alteraciones, sobreescrituras y tachaduras».

Además, se descontaba que se cuestionará el inicio de la causa (acusando un «forum shopping» del fallecido juez Claudio Bonadío) y la supuesta coacción que denunciaron varios empresarios que se acogieron a la figura del «arrepentido».

«Quiso pagar cocaína con marihuana»: condenan a cuatro años y medio de prisión a joven que apuñaló a un «vendedor» de drogas

El Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial condenó a Luciano Alejandro Jonathan Cabaña (25) a cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de Homicidio Simple en Grado de Tentativa en perjuicio de Julio Andrés Sosa. La sentencia, dictada el 31 de octubre de 2025 por el juez unipersonal Dr. Carlos Federico Pellegrino, fue resultado de un juicio abreviado en el que Cabaña reconoció su culpabilidad.


El violento incidente ocurrió el 19 de abril de 2025 en el domicilio de la víctima y se originó por una disputa durante una fallida transacción de drogas. Cabaña intentó pagar una compra de cocaína con marihuana, y ante la negativa del «vendedor», se desató una pelea que escaló al uso de un arma blanca. Cabaña apuñaló a Sosa, propinándole una puñalada en el hemitorax izquierdo. La herida fue de extrema gravedad, comprometiendo órganos vitales, incluido el ventrículo izquierdo, y poniendo en riesgo la vida de Sosa.

El juez Pellegrino fundamentó la intención homicida de Cabaña (tentativa, Art. 42 del Código Penal) debido al uso de un cuchillo de gran tamaño y a que el ataque fue dirigido a zonas vitales del cuerpo. La pena impuesta fue de cumplimiento efectivo debido a que Cabaña posee antecedentes condenatorios registrados, manteniendo su condición de reincidente (Art. 50 CP).


El fallo validó el procedimiento de juicio abreviado al contar con el consentimiento informado del imputado y del damnificado. Además de la pena de prisión, la sentencia ordena el decomiso y la destrucción de los elementos secuestrados y el pase de las actuaciones al fuero de ejecución penal para el cumplimiento de la condena.

Proyecto de ley en La Pampa: buscan sancionar a padres por violencia escolar de sus hijos

La diputada provincial Celeste Rivas (PRO) presentó un proyecto de ley en La Pampa para reformar el Código Contravencional (Ley N° 3151), con el objetivo de imputar y sancionar a los adultos responsables (padres o tutores) de menores que incurran en violencia escolar, acoso o bullying. La iniciativa se centra en la figura de la «omisión del deber de cuidado, orientación y vigilancia» por parte de los adultos.


Enfoque y Justificación del Proyecto

El proyecto de Rivas busca generar una responsabilidad directa en el entorno familiar cuando la conducta agresiva del menor provoque daño físico, psicológico o emocional en cualquier ámbito educativo, social o deportivo.

La legisladora fundamentó la urgencia del cambio en el aumento de la violencia y en datos preocupantes, señalando que «el 31% de los estudiantes [en La Pampa] afirman haberse sentido discriminados en las escuelas» (según Argentinos por la Educación). Rivas argumentó que los programas preventivos y protocolos escolares actuales «no alcanzan», y que la responsabilidad primaria de educar y supervisar recae en los padres o tutores.


Mecanismo de Intervención y Posibles Sanciones

El proyecto establece un mecanismo de actuación escalonado para involucrar al ámbito judicial:

  1. Intervención Escolar: Los directivos escolares deben aplicar primero los protocolos de actuación vigentes tras detectar el caso de violencia.
  2. Derivación Judicial: Si los adultos responsables del menor agresor no participan en las soluciones o incumplen los compromisos asumidos, la escuela deberá dar intervención al Juzgado Contravencional.

De confirmarse judicialmente la omisión del deber de cuidado por parte de los adultos, estos podrán ser sancionados con penas de trabajo comunitario y/o multa. La propuesta busca, en esencia, evitar que la carga de la solución de la violencia escolar recaiga solo en las instituciones educativas y los docentes.

Condena condicional a dos hombres por hurto de camioneta Amarok en Macachín

Dos hombres residentes en Santa Rosa, Cristian Ariel Lencina (39) y Alex Otero (24), fueron condenados el 4 de noviembre a través de un juicio abreviado por el hurto de una camioneta en la localidad de Macachín a fines de septiembre. La jueza de Control, Florencia Maza, homologó el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía, la Defensa y los imputados, quienes carecen de antecedentes penales.


El hecho delictivo ocurrió entre las 23:00 horas del 28 de septiembre de 2025 y las 4:00 horas del día siguiente. Lencina y Otero, junto a una tercera persona no identificada, se apoderaron de una camioneta Volkswagen Amarok 4×2, propiedad de Javier Horacio Herrán. El vehículo se encontraba estacionado en la vía pública frente a una vivienda en Macachín, sin medidas de seguridad y con la llave de ignición colocada, lo que facilitó la sustracción sin ejercer fuerza ni violencia.


La condena fue por el delito de «hurto calificado por ser de vehículo dejado en la vía pública haciendo uso de llave verdadera hallada» (artículo 163, incisos 3º y 6º del Código Penal). La jueza Maza les impuso una condena de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años. Estas reglas incluyen: fijar y no ausentarse del domicilio sin autorización judicial, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje y Supervisión, y abstenerse de contactar o perturbar al damnificado por cualquier medio, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena.

Imágen ilustrativa